Revisión de un vehículo en una estación ITV. / Cuando han pasado , este debe pasar la llamada , un requisito indispensable para poder circular y que se deberá superar anualmente una vez supere los 10 años. Después de pedir la cita previa es el momento de que los mecánicos especializados del centro de la que hayamos escogidos examinen al detalle cada parte del coche para que este sea apto para la circulación. Desde las luces, hasta los neumáticos, todo debe estar en orden durante otros dos años. A la hora de pasarla Los técnicos de las estaciones comprueban a fondeo el vehículo y todos sus sistemas, ya sea desde la carrocería o la suspensión, hasta los neumáticos. Desde hace un tiempo, alertan de que los vehículos matriculados desde 2008 que acudan a la inspección con uno de los testigos encendidos fallarán directamente la prueba. se considera un defecto grave y, por consiguiente, no pasará la ITV. La razón, que presenta condiciones inadecuadas para el ensayo. "El ] dice lo siguiente [en la página 125]: Esta comprobación debe efectuarse únicamente a vehículos matriculados a partir del 1/1/2008. Por tanto no se realiza a vehículos anteriores a esa fecha", afirman desde la Consejería de Hacienda y Financiación Europea de la Junta de Andalucía. L que y la . Al ser un trámite obligatorio, las autoridades podrán proceder a sancionar al conductor con una multa si no se circula con la ITV pasada y al día. Pero llevar la caducada o no superarla no son las únicas prácticas relacionadas con la los cuerpos de seguridad. Estas son los En caso de circular o con la , la sanción económica será de , que se reducirán a la mitad con pronto pago. En caso de circular tras intentar pasar la inspección y salir con la sanción es la misma: o 100 con pronto pago. Si se circula tras pasar la , la multa alcanza los , sin posibilidad de reducir la cantidad con pronto pago. Circular con la ITV aprobada pero correspondiente en el parabrisas es una práctica sancionable con un importe de será considerado un delito de uso de certificación falsa. La sanción no está definida, pero el confirmó una condena de multa de por este hecho a un conductor que llevaba la pegatina de la ITV conforme la había pasado y que tenía fecha de validez hasta 2019 cuando el coche tenía la ITV caducada desde mayo de 2016. El alto tribunal solventó con esta confirmación una cuestión que había generado dudas ante las resoluciones, en ocasiones contradictorias, de varias audiencias provinciales. El Supremo confirmó que el proceso de certificación y control corresponde a la administración pública, por lo que cualquier reproducción o manipulación de las etiquetas de la ITV, así como su uso no autorizado, es constituyente de delito.